Tiempos Modernos: Claudia, primer paso para obtener justicia
En los últimos años, se ha vuelto más frecuente que los precios de ciertos artículos y eventos recreativos no respondan a criterios fijos, sino a la demanda altamente cambiante. Un caso de este tipo son los boletos para conciertos que operan bajo el modelo de “precios dinámicos”, el cual consiste en que la entrada a un evento puede tener hoy un costo “adecuado” (“decente”, como dicen la abuelas) y, al día siguiente, haberse duplicado, triplicado o más. Este cambio en el precio no responde a alguna modificación en el evento, sino a que ha incrementado la cantidad de personas que están dispuestas a pagar por un boleto. Las famosas –e interminables– “filas de espera virtual”, por ejemplo, permiten contabilizar y proyectar la demanda de boletos para un concierto.
Si se trata de “precios dinámicos”, no existe un precio tope y el valor se ajusta (actualiza) hasta donde el mercado lo permita. Dicho de otro modo, es la capacidad de compra del “mejor postor” la que delinea el precio máximo. Frente a ello, me pregunto si esto es moralmente aceptable e, incluso, si es una pregunta pertinente.
Desde una lógica meramente económica, tiene sentido que sean la oferta y la demanda las prácticas que regulan el precio de productos y servicios, incrementando las ganancias que, en el caso de los conciertos musicales, se reparten también con el/la artista. Sin embargo, entre más incremente el costo, es claro que más personas quedarán excluidas de acceder al producto en cuestión. Los conciertos son bienes culturales que satisfacen necesidades reacreativas, las cuales juegan un papel importante en el bienestar humano. Ciertamente, nadie muere por no poder asistir a un concierto, también está claro que no todo el mundo puede ver a su artista favorito… porque no tiene con qué pagar un boleto. Los elevados y “dinámicos” precios se han convertido en un filtro social que reserva el goce recreativo para determinados grupos de la sociedad.
Este tipo de discriminación no es nueva, pero se agudiza cuando no hay límites éticos que tomen en cuenta los efectos de esa variación. Si bien, un concierto no es un producto indispensable, la experiencia artística deja de ser un espacio de disfrute colectivo para convertirse en una vivencia de élite. Así, la oferta y demanda ya no regulan al mercano, sino que lo restringen. Se trata de un tipo de “gentrificación del esparcimiento”, donde la posibilidad de pago define el derecho a participar de una experiencia placentera; donde, gradualmente, la posibilidad de acceso es definida por la capacidad de pago de los grupos más privilegiados.
Y es que, el hecho de que algo sea rentable y legal, no significa que sea justo.




