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Cuernavaca, Morelos 28 de septiembre de 2026.- La jueza Adriana Consuelo Correa Ortiz concedió la suspensión condicional del proceso por un año a cuatro policías municipales de Temixco, vinculados por su probable participación en el delito de abuso de autoridad.
La resolución fue dictada dentro de la causa penal JC/690/2025, luego del auto de vinculación a proceso. Las personas imputadas son Gadiel Rojas Díaz, Juan Miguel Hernández Sánchez, Mayra Esbeidi Diego García y Omar Rebollo Guzmán.
Durante la audiencia, la defensa propuso que cada imputado aportara 15 mil pesos por concepto de reparación del daño. La persona víctima, por medio de su representación jurídica, no se opuso a la salida alterna.
Fijan condiciones a policías
Además del pago para la reparación del daño, la jueza estableció condiciones relacionadas con capacitación, tratamiento y la prohibición de acercarse a la persona víctima.
La Fiscalía Anticorrupción había solicitado que la suspensión condicional tuviera una duración de un año y medio; sin embargo, la jueza fijó el plazo en un año, al considerar que no estaba justificada la petición de un periodo mayor.
La Fiscalía informó previamente que los cuatro policías habían sido vinculados a proceso y que se les impusieron medidas cautelares que les permiten continuar el procedimiento en libertad.
Acusan hechos ocurridos en Acatlipa
De acuerdo con la investigación expuesta por la Fiscalía, los hechos ocurrieron el 21 de abril de 2024, cuando la persona denunciante llegó con un amigo a una tienda de conveniencia en Acatlipa, Temixco.
La acusación señala que los policías presuntamente la amedrentaron, golpearon y detuvieron sin motivo aparente. Estos señalamientos no han sido resueltos mediante una sentencia.
La suspensión condicional del proceso no implica una absolución ni una declaración de culpabilidad. El procedimiento queda sujeto al cumplimiento del plan de reparación y de las condiciones establecidas por la autoridad judicial.
En caso de que se cumplan los requisitos legales, la acción penal puede extinguirse. Si existen incumplimientos, el órgano jurisdiccional puede revisar la continuidad de esta salida alterna.
Queda pendiente acreditar el pago de la reparación del daño y el cumplimiento efectivo de las condiciones, además de precisar qué autoridad dará seguimiento al acuerdo e informará a la persona víctima.




