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Cuernavaca, Morelos 27 de septiembre de 2026..– Las construcciones en Morelos deberán destinar al menos 10 por ciento de la superficie total del predio a áreas verdes permeables, de acuerdo con el nuevo Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado.
La normativa entró en vigor tras su publicación el pasado 23 de septiembre en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” y establece nuevas disposiciones para la evaluación y vigilancia ambiental de obras y proyectos constructivos.
El reglamento otorga facultades operativas a la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), con respaldo de los ayuntamientos, para realizar evaluaciones ambientales y supervisar el cumplimiento de las disposiciones.
En desarrollos habitacionales, las áreas verdes deberán mantenerse sin pavimento. Para fraccionamientos y condominios, tendrán que ubicarse en espacios comunes y no podrán cubrirse con concreto, asfalto u otros materiales impermeables que impidan la filtración del agua.
Tres mecanismos para evaluar proyectos
El nuevo reglamento establece tres instrumentos para determinar el impacto ambiental de las obras: la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), el Informe Preventivo y el Estudio de Daño Ambiental.
La MIA será necesaria antes de iniciar proyectos que puedan alterar el equilibrio ecológico y contará con modalidades general, simplificada y específica, dependiendo de las características y escala de la obra.
Para resolver una solicitud de MIA, la SDS contará con un plazo de hasta 60 días hábiles. En proyectos de alta complejidad podrá otorgar una prórroga de hasta 60 días más.
En el caso de obras con menor impacto, el Informe Preventivo tendrá un plazo máximo de resolución de 20 días hábiles. Después de la revisión técnica, la autoridad podrá autorizar, condicionar o rechazar el proyecto.
Prevén sanciones para obras sin permisos
El reglamento también contempla disposiciones para construcciones que hayan comenzado sin contar con los permisos correspondientes.
En estos casos, el Estudio de Daño Ambiental permitirá evaluar las afectaciones y determinar las medidas para reparar o compensar el daño. El procedimiento estará a cargo de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (PROPAEM) y la SDS.
La PROPAEM mantendrá brigadas de inspección y podrá aplicar clausuras o suspensiones temporales. En casos de reincidencia o desobediencia, el organismo podrá promover la nulidad definitiva de las licencias de construcción.
El nuevo marco también contempla mecanismos de consulta pública para proyectos de alto impacto social y establece la creación de un Comité Técnico sobre Impacto Ambiental, con participación de instituciones académicas, colegios profesionales y cámaras empresariales.