Vinculan a proceso a hombre por tentativa de feminicidio en Cuernavaca
Cuernavaca, Mor., 17 de octubre de 2026.- La retención de tarjetas bancarias, el control indebido de la pensión del Bienestar y la coacción económica contra personas adultas mayores serán sancionados en Morelos con multas de hasta 35 mil 193 pesos, además de las posibles responsabilidades penales que correspondan.
Las disposiciones quedaron establecidas en el decreto 1183, publicado en el periódico oficial Tierra y Libertad, mediante el cual se reformó la Ley de Desarrollo, Protección e Integración de las Personas Adultas Mayores del estado.
La reforma contempla sanciones para familiares, vecinos o cualquier otra persona que retenga las tarjetas bancarias de los beneficiarios, condicione el acceso a su dinero o impida que dispongan libremente de sus recursos financieros.
Sanciones por abuso y control económico
El artículo 45 de la legislación reformada incorpora la coacción financiera o económica como una conducta sancionable cuando alguien retenga, niegue, condicione, disponga, resguarde o controle el acceso de las personas mayores a sus recursos económicos o financieros.
El artículo 46 establece multas equivalentes a entre 60 y 300 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que representan montos de 7 mil 38.60 a 35 mil 193 pesos.
Estas sanciones administrativas no excluyen las posibles responsabilidades penales en las que incurran quienes cometan delitos relacionados con el abuso, la explotación o el maltrato contra este sector de la población.
Actualizan atribuciones de la Secretaría de Bienestar
El decreto también modifica las atribuciones de la Secretaría de Bienestar para promover los programas sociales e incentivar el uso de nuevas tecnologías entre las personas adultas mayores.
Además, establece que recibir la pensión federal no impide que los beneficiarios accedan simultáneamente a otros programas de apoyo social de carácter estatal o municipal.
Con estas disposiciones, la legislación estatal contempla sanciones económicas para quienes vulneren la autonomía financiera de las personas mayores y precisa la compatibilidad de la pensión federal con otros apoyos sociales.




