
Reconoce juzgado federal a Juan Gabriel Vargas como presidente del TSJ
CUERNAVACA, Mor., 14 de septiembre de 2021.- El Fiscal General Morelos Uriel Carmona Gándara, no tiene fuero y en cualquier momento la Fiscalía General de la República (FGR) puede ejercer acción penal en su contra por el delito Contra el Funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica y ejercicio ilícito del Servicio Público, así fue publicado en la gaceta parlamentaria del Congreso de la Unión, cuya resolución estaba basada en el artículo 136 de la Constitución de Morelos.
La solicitud para proceder penalmente contra Carmona Gándara está asentada en el oficio FGR/SEIDO/UEITA/TU/2092/2020 y relacionada con la carpeta de investigación FED/SEIDO/UEITA-MOR/0000286/2020, misma que está en manos de la agente del Ministerio Público Federal, Montserrat Marilú Reyes Gonzalez.
“Al asumir el cargo como Fiscal General del Estado de Morelos, el 15 de febrero de 2018, por un lapso constitucional de nueve años, (Carmona Gándara) no cumplía con las requisitos legales y constitucionales exigidos para ocuparlo, aparecía coma inactivo en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública y no contaba con evaluaciones de control y confianza que son requisitos indispensables”, se establece en la denuncia iniciada contra el servidor.
Además, se advierte que Carmona Gándara realizó los nombramientos en la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción, en las Fiscalías Regionales de la zona Sur Poniente y Oriente, así como en la Fiscalía Especial en Desaparición Forzada de Personas, sin que los titulares designados en los puestos contaran con los exámenes de control de confianza.
Dentro del oficio CES/DGJ016621/2020- de fecha 29 de octubre de 2020 la Comisión Estatal de Seguridad de Morelos, informó que Carmona Gándara asumió el cargo aún y cuando aparecía como “inactivo” en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública y no contaba con evaluaciones calificadas.
“En apreciación de la autoridad ministerial federal, las conductas observadas por el Fiscal General del Estado de Morelos se encuadran en el delito de ejercicio ilícito de servicio público, dispuesto por el artículo 214 del Código Penal Federal”, detalla el documento.
La discusión se da en el pleno del Congreso de la Unión la tarde de este martes 14 de septiembre