Las Batallas
Cada 28 de septiembre, el Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro vuelve a colocar sobre la mesa una discusión que en Morelos lleva demasiado tiempo pendiente. No se trata, a estas alturas, de inaugurar un debate ni de comenzar a definir los alcances constitucionales del derecho a decidir. Buena parte de esa discusión ya ha ocurrido en los tribunales, en los congresos, en los servicios de salud y, sobre todo, en la vida de las mujeres y personas gestantes que han debido enfrentar las consecuencias de una legislación que no termina de ponerse al día.
Morelos permanece entre las entidades del país que mantienen penalizada, en términos generales, la interrupción voluntaria del embarazo. La paradoja es difícil de ignorar: mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha construido durante los últimos años una doctrina constitucional cada vez más clara en torno a la autonomía reproductiva, la igualdad, la salud y el libre desarrollo de la personalidad, nuestro Código Penal conserva disposiciones que continúan asociando la decisión de interrumpir un embarazo con la amenaza del castigo.
Conviene decirlo sin eufemismos: el aborto es también un asunto de salud pública y de derechos humanos. Su criminalización no hace desaparecer los abortos; sí puede, en cambio, añadir miedo, estigma e incertidumbre jurídica a una decisión que pertenece al ámbito más íntimo de la autonomía personal. La propia Suprema Corte ha advertido que las normas penales sobre aborto producen efectos que van más allá de una eventual sanción: contribuyen a generar estigmas, pueden inhibir al personal sanitario y dificultan el acceso igualitario a los servicios de salud.
Y las consecuencias de ese modelo no son abstractas. De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre 2015 y agosto de 2026 se abrieron en Morelos 134 carpetas de investigación por el delito de aborto; 11 corresponden tan sólo a los primeros ocho meses de este año. Detrás de una cifra semejante hay una pregunta que una sociedad democrática no debería eludir: ¿qué conseguimos cuando una decisión reproductiva termina trasladándose del consultorio médico al ámbito penal?
La respuesta importa particularmente cuando hablamos de desigualdad. La criminalización no afecta a todas las personas de la misma manera. Quien cuenta con información, recursos económicos y posibilidades de desplazarse encuentra alternativas que con frecuencia están fuera del alcance de quienes viven en condiciones de precariedad. De ahí que el acceso al aborto seguro no pueda analizarse únicamente desde la libertad individual: involucra también el derecho a la salud, la igualdad y la no discriminación.
En Morelos conocemos, además, las consecuencias que producen las barreras dentro de los propios servicios sanitarios. La Comisión de Derechos Humanos del Estado ha documentado casos en los que mujeres y adolescentes víctimas de violencia sexual encontraron obstáculos para acceder a la interrupción legal del embarazo, aun cuando la normativa aplicable ya reconocía ese derecho. En esas circunstancias, una demora, una información incorrecta o una negativa injustificada no constituyen simples deficiencias administrativas: pueden convertirse en nuevas formas de vulneración para quien ya ha atravesado una experiencia de violencia.
Por ello, desde la CDHM hemos acompañado a mujeres y colectivas durante manifestaciones y protestas pacíficas; brindamos orientación, asesoría jurídica gratuita y canalización ante obstáculos en los servicios de salud; investigamos posibles violaciones a derechos humanos y hemos emitido recomendaciones cuando la atención institucional ha resultado insuficiente. También hemos acudido al terreno legislativo. La Comisión ha presentado en tres ocasiones iniciativas para reformar el Código Penal y la Ley de Salud del Estado; la más reciente, en octubre de 2024, fue impulsada junto con organizaciones de la sociedad civil y colectivas.
No se trata de sustituir al Congreso ni de desconocer la división de poderes. Precisamente porque cada institución tiene responsabilidades distintas, corresponde al Poder Legislativo discutir y resolver un marco normativo que lleva años esperando armonización. Mantener la eficacia de los derechos condicionada a litigios individuales prolonga la incertidumbre para las usuarias, pero también para quienes trabajan en los servicios de salud.
Ese segundo aspecto merece atención. En abril de este año, la Suprema Corte concedió una suspensión definitiva a dos médicas cirujanas y parteras de Morelos que impugnaron disposiciones del Código Penal estatal por considerar que las exponían a ser investigadas y procesadas si brindaban servicios relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo. La Corte reconoció el efecto inhibidor que puede producir la sola vigencia de esas normas sobre el ejercicio profesional, aunque precisó que esa resolución cautelar no constituía todavía una decisión de fondo sobre su constitucionalidad.
Semanas después, el propio Tribunal Constitucional volvió a colocar un límite relevante: invalidó la regulación morelense de la objeción de conciencia por considerar que concedía al personal sanitario un margen excesivamente amplio que podía convertirse en una barrera para acceder a los servicios de salud. La libertad de conciencia merece protección, desde luego, pero su ejercicio no puede traducirse en la imposibilidad material de que otra persona reciba un servicio sanitario al que tiene derecho.
El problema, entonces, no consiste únicamente en modificar algunos artículos del Código Penal. La armonización legislativa es indispensable, pero debe ir acompañada de condiciones reales para ejercer los derechos: servicios accesibles, información clara, personal capacitado, disponibilidad efectiva de personal no objetor y mecanismos que permitan denunciar y corregir obstáculos sin someter a las usuarias a nuevos procesos de desgaste institucional.
Morelos tiene hoy la oportunidad de cerrar una brecha cada vez más difícil de justificar entre los criterios constitucionales y la legislación que permanece escrita en nuestros códigos. El derecho no debería obligar a las personas a emprender un litigio para acceder a aquello que el propio orden constitucional ya protege.
A las mujeres, adolescentes, niñas y personas gestantes que hayan enfrentado negativas, cobros indebidos, discriminación o cualquier otra barrera en la atención de su salud sexual y reproductiva, quiero recordarles algo esencial: la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos está para escucharlas, orientarlas y acompañarlas. Nuestros servicios son gratuitos y confidenciales.
Porque el derecho a decidir no se vuelve efectivo cuando finalmente aparece escrito en una sentencia. Se vuelve efectivo cuando puede ejercerse, en condiciones de igualdad, dignidad y seguridad, en la vida cotidiana.
En Morelos, todos los derechos para todas las personas.