Rehabilita Morelos carretera Santa Rosa 30–Zacatepec
CUERNAVACA, Mor..-- Manejar un vehículo y al mismo tiempo hablar por celular, maquillarse, fumar, beber o llevar mascotas se encuentran dentro de las primeras 10 causas de muerte en el estado de Morelos, según reportes de la Secretaría de Salud de la entidad, además de que hay que estar consciente de los altos costos económicos y sociales que los accidentes viales representan, manifestó el presidente de la Junta Política y de Gobierno del Congreso del estado, diputado Julio Espín Navarrete.
De esta manera, el legislador del PRD justificó la presentación de la iniciativa de reformas al Código Penal para el estado de Morelos, a fin de establecer sanciones que incluyen cárcel de uno a tres años para quienes provoquen accidentes viales al conducir y utilizar de manera simultánea un teléfono celular o cualquier otro equipo de comunicación que lo distraiga.
La Secretaría de Salud en el estado presenta una tasa de mortalidad en accidentes viales del 14.1% por cada 100 mil habitantes y la dependencia concluye que nueve de cada 10 accidentes se pudieron haber prevenido, abundó.
Julio Espín Navarrete al presentar su propuesta dejó abierta la posibilidad para que las Comisiones de Puntos Constitucionales y Legislación y la de Salud, a las que les fue turnada para su análisis y dictamen, incluyan en las sanciones otro tipo de distractores que pueden generar accidentes, como maquillarse, fumar, beber o llevar mascotas mientras se conduce.
Julio Espín explico que pese a existir un marco jurídico de tránsito y otro penal, se ha vuelto común transgredir dicha normativa, que es flexible en el sentido de las consecuencias jurídicas y a la hora de sancionar al infractor, únicamente señala trabajos a favor de la comunidad y suspensión o pérdida del derecho de conducir.
Agregó que las distracciones que se producen al manejar son variadas y aumentan considerablemente el riesgo de tener un accidente de tránsito, causar lesiones o incluso la muerte a personas, y aunque en casi todo el territorio nacional se encuentra prohibido por los reglamentos de tránsito esta acción, en la práctica los conductores siguen realizándola sin tomar en cuenta las consecuencias.
Espín Navarrete recordó que, en el año 2011, como integrante de la LI Legislatura, presentó al Pleno del Congreso iniciativa por la cual se reformó el artículo 238 del Código Penal para el Estado de Morelos, en el que se incorporó el concepto de “Conducción Temeraria”, es decir, el que mediante la conducción temeraria de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas o los bienes.




