¿Sabías que tienes derecho a poseer un arma en casa? Esto dice la ley
MORELIA, Mich., 29 de julio de 2026.- El constitucionalista y especialista en derecho de la información Ernesto Villanueva Villanueva lanzó una severa advertencia sobre los riesgos que, a su juicio, entraña el nuevo proyecto regulatorio impulsado por el gobierno federal en materia de derechos de las audiencias, al sostener que un diseño deficiente podría abrir la puerta a la censura indirecta, debilitar la libertad de expresión y afectar pilares esenciales del Estado democrático de derecho.
En un amplio análisis jurídico difundido con motivo de la consulta pública abierta por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), el investigador consideró que México enfrenta una oportunidad histórica para corregir más de una década de incertidumbre legislativa, aunque alertó que el país también podría caer en un esquema donde la autoridad termine convirtiéndose en árbitro del contenido periodístico.
La consulta pública sobre los nuevos Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias permanecerá abierta del 27 de julio al 21 de agosto, en un contexto en el que la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum impulsa una nueva arquitectura regulatoria tras la desaparición del Instituto Federal de Telecomunicaciones y la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
Villanueva sostuvo que el verdadero desafío no consiste en reconocer los derechos de las audiencias, sino en hacerlo sin colocar al Estado en la posición de decidir qué información es verdadera, falsa o suficiente, facultad que, afirmó, resulta incompatible con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
Recordó que la Constitución reconoce tanto el derecho de las audiencias como la libertad de expresión y el derecho colectivo a la información, derechos que, subrayó, deben coexistir sin que uno anule al otro mediante mecanismos administrativos.
El académico reconstruyó además la accidentada historia de la regulación mexicana desde la reforma constitucional de 2013, la expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en 2014, los lineamientos emitidos por el entonces Instituto Federal de Telecomunicaciones en 2016 que nunca entraron en vigor, las reformas posteriores y la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
A su juicio, durante trece años el país ha transitado entre reformas, controversias constitucionales, decretos e invalidaciones sin conseguir consolidar un modelo estable que proteja simultáneamente a las audiencias y a la libertad editorial.
El investigador explicó que la solución no pasa por ampliar el poder del regulador, sino por adoptar el modelo de “autorregulación regulada”, ampliamente desarrollado en democracias consolidadas como Alemania, Dinamarca, Irlanda, Reino Unido y diversos países de la Unión Europea.
Bajo ese esquema, explicó, corresponde al Estado establecer únicamente el marco jurídico general, mientras que la elaboración de los códigos de ética, la atención de las quejas y la resolución de los conflictos recaen en órganos independientes de naturaleza profesional, limitándose la autoridad pública a verificar que los procedimientos existan y se respeten, sin intervenir en las decisiones editoriales.
Como ejemplo nacional citó el caso de la Organización Editorial Mexicana, donde actualmente funge como Defensor del Lector, al destacar que ese grupo periodístico adoptó voluntariamente un código de ética y principios para el uso de inteligencia artificial en sus redacciones, sin imposición gubernamental y con estándares que incluso incorporan la protección de los neuroderechos.
Para Villanueva, ese tipo de experiencias demuestra que la autorregulación puede alcanzar niveles mucho más sofisticados que cualquier regulación administrativa impuesta desde el gobierno.
Uno de los apartados más críticos de su análisis se refiere al anteproyecto sometido a consulta por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
El jurista estimó que existen aspectos compatibles con la Constitución, como la obligación de contar con códigos de ética y personas defensoras de las audiencias, pero sostuvo que otros elementos rebasan claramente las facultades legales del nuevo órgano regulador.
Entre ellos mencionó la posibilidad de imponer sanciones económicas equivalentes hasta al uno por ciento de los ingresos anuales de los concesionarios, la revisión administrativa del criterio de los defensores de audiencia y, sobre todo, la eventual facultad para calificar contenidos periodísticos como falsos o descontextualizados.
Desde su perspectiva, esas atribuciones invadirían el terreno protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y por la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión del sistema interamericano, al permitir formas de presión indirecta sobre los medios de comunicación.
Villanueva insistió en que ninguna autoridad administrativa debe convertirse en juez de la verdad periodística.
En cambio, precisó, lo jurídicamente exigible es que los medios acrediten haber actuado con diligencia profesional, verificando información, respetando procedimientos internos y atendiendo mecanismos independientes de revisión ética.
El especialista concluyó que México aún está a tiempo de construir un modelo moderno que armonice los derechos de las audiencias con la libertad de expresión, pero advirtió que cualquier intento de trasladar al gobierno la facultad de revisar el mérito editorial de periodistas y medios significaría un retroceso democrático de enormes proporciones.
El Estado puede exigir que exista un código de ética; no puede escribirlo. Puede verificar que se cumpla; no puede decidir qué debe publicarse. Puede proteger derechos; no sustituir el criterio editorial”, resumió el investigador, quien llamó a que la consulta pública concluya con un marco regulatorio alineado con las mejores prácticas internacionales y no con un mecanismo susceptible de convertirse en instrumento de control sobre la prensa.