{"id":395281,"date":"2021-04-14T15:01:44","date_gmt":"2021-04-14T20:01:44","guid":{"rendered":"https:\/\/morelos.quadratin.com.mx\/?p=395281"},"modified":"2021-04-14T15:01:46","modified_gmt":"2021-04-14T20:01:46","slug":"puede-un-candidato-saltarse-alguna-etapa-del-proceso-electoral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morelos.quadratin.com.mx\/puede-un-candidato-saltarse-alguna-etapa-del-proceso-electoral\/","title":{"rendered":"\u00bfPuede un candidato saltarse alguna etapa del proceso electoral?"},"content":{"rendered":"\n
La materia electoral se caracteriza por los tiempos que son vitales para la sustanciaci\u00f3n de los medios de impugnaci\u00f3n, interpuestos por las y los actores pol\u00edticos en un proceso electoral, no obstante se advierte en la ley, que en un sistema de justicia electoral, tiene como base el agotamiento previo de todas las instancias partidistas y jurisdiccionales en el \u00e1mbito local y federal; pero \u00bfQu\u00e9 pasa cuando no se agotan las citadas instancias?<\/p>\n\n\n\n
Desde luego que no se puede hablar de la conclusi\u00f3n de una etapa procesal electoral, si no se ha agotado el principio de definitividad, porque estar\u00edamos hablando de la irreparabilidad de los actos en una etapa ya terminada y a su vez de la violaci\u00f3n de los derechos humanos y de los derechos pol\u00edticos electorales de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n
Ronald Dworkin citaba que un Principio es la exigencia de la justicia y que adem\u00e1s es la base que construye los sistemas jur\u00eddicos; es por ello que abordaremos de manera particular el principio de definitividad, mismo que constituye el cimiento fundamental de un proceso electoral y que es b\u00e1sicamente para otorgar certeza y seguridad jur\u00eddica al proceso electivo.<\/p>\n\n\n\n
Se entiende por el principio de definitividad de acuerdo a lo se\u00f1alado por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n \u201cel agotar todos los medios o recurso de defensa ordinario que en su caso procedan por parte del agraviado o quejoso, salvo casos, cuya ejecuci\u00f3n sea de imposible reparaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n
Precisamente, cuando se prev\u00e9 el riesgo de que no hay reparaci\u00f3n si se agota la cadena impugnativa, se promueve por parte del quejoso solicitar el Per Saltum<\/em>o \u201csalto de la instancia\u201d, que de acuerdo a la Sala Superior del TEPJ en la jurisprudencia 1\/2021,deber\u00e1n seguir las siguientes reglas de remisi\u00f3n a la instancia competente: 1. Si en raz\u00f3n de la materia la controversia corresponde a una Sala Regional y la parte promovente solicita el salto de la instancia partidista o local, la demanda deber\u00e1 remitirse a la Sala Regional competente para que analice la procedencia del salto de instancia y; 2. Si la parte actora no lo solicita expresamente, atendiendo a la competencia formal y originaria de la Sala Superior y al principio de econom\u00eda procesal, lo procedente es reencauzar la demanda a la instancia partidista o al Tribunal Local competente a fin de cumplir con el principio de definitividad, salvo que exista un riesgo de irreparabilidad del acto o un menoscabo serio a los derechos de la parte promovente, caso en el cual se podr\u00e1 enviar la demanda a la Sala Regional que corresponda para que determine lo conducente.<\/p>\n\n\n\n Las herramientas legales y medios de impugnaci\u00f3n, ser\u00e1n muy \u00fatiles en todas las etapas del proceso electoral; para lo cual, las resoluciones que se emitan respectivamente por parte de las autoridades electorales en su competencia, conceder\u00e1n la paz social que necesitamos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" La materia electoral se caracteriza por los tiempos que son vitales para la sustanciaci\u00f3n de los medios de impugnaci\u00f3n, interpuestos por las y los actores pol\u00edticos en un proceso electoral, no obstante se advierte en la ley, que en un sistema de justicia electoral, tiene como base el agotamiento previo de todas las instancias partidistas y […]<\/p>\n","protected":false},"author":2946,"featured_media":395282,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[9],"tags":[],"series":[],"yoast_head":"\n