
Detenido en Morelos, con historial criminal en EU
CUERNAVACA, Mor., 17 de enero 2019.- La juez Séptimo Civil del Primer Distrito Judicial, Edilberta Salgado Nájera aseguró que los autos, proveídos, las sentencias definitivas e interlocutorias, son determinaciones que dictan los jueces hacia los justiciables, por ello, informó que los autos son las demandas, las pruebas y las vistas de los procedimientos.
Mientras que los proveídos son las copias certificadas, las autorizaciones o señalamiento de domicilio, entre otros, y las sentencias definitivas son las que finalizan un juicio, comentó Salgado Nájera.
“Una sentencia definitiva por ejemplo puede ser en el orden familiar cuando se da la última resolución sobre alimentos, guardia y custodia, patria potestad”, explicó la juez séptimo civil.
En cambio, las sentencias interlocutorias son sobre recursos de revocación o incidentes que se promueven durante los juicios, dijo Edilberta Salgado Nájera.
“Las sentencias interlocutorias tienen que ver con las reclamaciones que hagan una de las partes, cuando no están de acuerdo conforme al auto que dicto el juez, ellos tienen derecho de promover un recurso de revocación o de reclamación cuando no están de acuerdo con la pensión que le decretaron, en ese momento pueden promover su incidente de reclamación y dicho procedimiento se tiene que resolver antes de la sentencia definitiva”.