
Gestión de desastres naturales
Avance legal en el ámbito familiar
Las iniciativas recientemente presentadas ante el Congreso sobre “oralidad familiar” y “justicia alternativa sobre mediación”, son de suma importancia y de convertirse en ley, es decir de ser aprobadas por la actual legislatura, representarían un significativo avance legal para que las familias vivan y tengan condiciones de paz y tranquilidad.
Dichas propuestas de ley, resultarían especialmente benéficas para la mujer quien en los casos de separación legal de la pareja lleva inevitablemente la peor parte y se ve sujeta a condiciones desfavorables para ella y los hijos, ante lo desobligado –cuando no mezquino— que en la mayoría de los casos suele ser su contraparte.
Y además, los juicios podrían resolverse en plazos breves y no como ocurre actualmente que los conflictos llegan a prolongarse indefinidamente –conozco casos que llevan más de 5 años de litigio, tiempo en el que el cónyuge no paga la pensión establecida por el juez, recurre a mil argucias legaloides, finge empobrecimiento súbito que le es reconocido legalmente, y su contraparte además de enfrentar todos los gastos inherentes a su persona y los hijos, tiene que pagar abogados. Todo ello conforma, además, violencia en contra del género.
Según explicó Matías Quiroz, el secretario de gobierno quien llevó a nombre del ejecutivo estatal las iniciativas al Congreso, las etapas del juicio oral se limitarán a una audiencia preliminar y una audiencia de juicio, con la finalidad de salvaguardar la integridad de niñas, niños y adolescentes, e incapaces, lo cual implicaría presentar únicamente la demanda inicial mediante comparecencia personal para la obtención del veredicto del juez.
En tanto con la segunda iniciativa, es decir la de justicia alternativa sobre mediación, el objetivo es regular el arbitraje en materia familiar, civil y mercantil (excepto la materia penal) para solucionar litigios entre particulares como auxilio a la función jurisdiccional. La propuesta incluye la creación de un Centro de Justicia Alternativa como dependencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el cual debe coexistir con el Centro de Justicia Alternativa del Poder Ejecutivo, pues este último atiende la materia penal. También prevé así un Consejo Consultivo para el Desarrollo de la Mediación, con el objetivo de asesorar la aplicación, desarrollo, impulso y difusión de la mediación.
Todo esto con el fin de obedecer realmente al artículo 17 de la Constitución que dice que “ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”. Además de que asegura que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales”. Eso dice la ley desde hace tiempo, pero, lo cierto es que no se aplica.