
Gestión de desastres naturales
En sesión de esta fecha 25 de junio del 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió la controversia 33/2015 promovida por el poder judicial de Morelos contra los poderes legislativos y Judicial.
El poder judicial intentó invalidar el artículo 26 Ter, de su Ley Orgánica que establece que los Magistrados al concluir su encargo, tendrán derecho a un haber de retiro.
En la impugnación, los Magistrados estimaron inconstitucional dicho precepto legal al negarles el derecho a jubilarse.
Los Ministros de la Corte, hoy decidieron declarar válido el artículo impúgnado, determinando que es constitucional que los Magistrados al dejar el encargo solamente tengan derecho a tres meses de salario y al pago adicional de un mes por cada 2 años de servicio.
Con esta resolución, los Magistrados que se vayan retirando en el futuro, solo recibirán ese beneficio y no garantizar sus ingresos mensuales de por vida, como de buscaba en la controversia constitucional.