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CUAUTLA, Mor., 11 de noviembre del 2018.- Profesionales de la salud marcharon por la avenida Reforma este domingo en apoyo a dos médicos vinculados a proceso judicial por la muerte de una menor intervenida por apendicitis en el año del 2010, vigente a la fecha por la revisión de un amparo directo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN).
Desde el Hospital General de Cuautla hasta la sede de la Fiscalía Regional Oriente el contingente de un centenar de personas caminó con pancartas en mano en apoyo a los médicos con la consigna de “estudiamos para salvar vidas, no para quitarlas”.
Jorge Cepeda Laureano, defensor de Jorge “N”, uno de los médicos implicados precisó que en una primera operación le salvaron la vida, sin embargo, 60 días después fue operada nuevamente y un desgarro interno de aproximadamente 30 centímetros lo que le provocó la muerte.
“Estamos alegando el principio de presunción de inocencia, la violación al proceso porque los están acusando bajo una hipótesis jurídica que es imposible. La responsabilidad corespectiva no aplica a delitos culposos”, dijo.
Se trata de un caso que tuvo resonancia en 2016 cuando se llevó a cabo la audiencia de vinculación a proceso en el que un tribunal de enjuiciamiento resolvió que existen elementos probatorios suficientes en contra de los médicos Jorge “N” y Javier “N” en tanto que fue la resolución fue absolutoria para un enfermero que inició procedimiento.
Los padres de Damaris, la menor víctima declararon en su momento para pedir justicia por la muerte de su hija de 12 años de edad y se mostraron conformes con el resultado.
Sin embargo, la defensa anunció interponer recursos legales ante instancias federales con el objeto de anular la sentencia judicial al considerar que existe una interpretación errónea de la ley.
El presunto olvido de una compresa en el interior de la menor durante una de las intervenciones quirúrgicas fue el punto central de los alegatos entre las partes al ser un elemento clave que pudo provocar la muerte de la menor así como una supuesto indebido seguimiento clínico.
Los magistrados del 6° Tribunal Colegiado pretenden aplicar la figura denominada “responsabilidad correspectiva” a un delito catalogado como culposo de acuerdo a la tesis 5524 que diferencia este concepto con la concurrencia de culpas explicando que en delitos culposos cuando intervienen en su comisión diversas personas, no puede decirse que exista responsabilidad correspectiva puesto que esta figura sólo es aplicable para ilícitos dolosos que no da lugar a la aplicación de una sanción atenuada ni constituye una excluyente de responsabilidad, toda vez que en materia penal para efecto de fincar la responsabilidad no hay compensación de culpas.