
Plantea Diputada iniciativas para tipificar acecho como delito autónomo
Cuernavaca, Mor..– Durante la sesión ordinaria, los integrantes de la LIII Legislatura aprobaron con 20 votos a favor y 10 en contra las reformas en materia político electoral, la cual contempla la disminución del número de regidurías, utilizando rangos poblacionales para asignar una nueva distribución, para quedar como sigue: 11 regidores, Cuernavaca; nueve, Cuautla y Jiutepec; siete regidores Ayala, Emiliano Zapara, Temixco y Yautepec; cinco regidores Axochiapan, Jojutla, Puente de Ixtla, Tepoztlán, Tlaltizapán, Tlalquitenango, Xochitepec, Yecapixtla y Zacatepec. De tal manera, el resto de los Cabildos quedarán conformados con tres regidores que es el mínimo establecido por la Constitución local.
La sesión estaba programada a iniciarse a las 17:00 horas, pero al final de cuentas dio inicio a las 18:00 horas. El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, diputado Enrique Laffite Bretón, recabó las últimas firmas de los legisladores durante el desarrollo de la sesión y hasta que no se tuvieron los 20 votos, que se requieren legalmente para aprobar el dictamen, entonces presentaron al pleno la iniciativa.
Los votos en contra fueron: cinco del PRI, cuatro del PAN y uno del Partido Humanista.
Al referirse al tema de la reelección, aprobaron armonizar las condiciones para acceder a ese derecho, con las últimas reformas a la Constitución estatal. Asimismo, implementaron las reglas que deberán seguir los diputados que no soliciten licencia para separarse de su cargo para buscar su reelección, y establecieron 180 días de licencia obligatoria para miembros del ayuntamiento que decidan reelegirse.
Con respecto a la organización interna del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) los legisladores aprobaron crear una Comisión Permanente de Participación Ciudadana, así como las comisiones del Servicio Profesional Electoral, de Información Pública, de Fiscalización, de Asuntos Jurídicos y de Medios de Comunicación, de acuerdo a las necesidades del propio Instituto.
De igual manera, se le otorgan facultades de decisión a las comisiones, convirtiéndolas en comisiones ejecutivas, con el objetivo de democratizar la toma de decisiones en el IMPEPAC.
Por otro lado, se obliga a los partidos a respetar la paridad vertical y horizontal en la designación de candidatos, y adicionaron la obligación para no usar la paridad horizontal para poner a la mayoría de un género en candidaturas que normalmente pierda el partido.
Al abordar el tema del financiamiento a los partidos políticos, se estableció un financiamiento directo a las representaciones de los partidos ante el Instituto, equivalente a la disminución del financiamiento público a los partidos como resultado del cambio de la fórmula de asignación de salarios mínimos a Unidad de Medida y Actualización.
Sobre las candidaturas comunes, establecieron reglas claras para su implementación de acuerdo a las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En tanto, prohibieron la prestación de aguinaldo a los consejeros electorales, al ser los representantes y máxima autoridad del organismo autónomo en materia electoral, por lo que no están subordinados a ningún otro poder e implementaron que las facultades del Órgano Interno de Control del Instituto Morelense sean exclusivamente sobre el control presupuestal de dicho Instituto.
Al referirse a la Ley Orgánica Municipal, en el caso de la constancia de residencia, ratificaron la facultad exclusiva de la Secretaría del Ayuntamiento para expedirla, y establecieron la facultad del IMPEPAC para investigar, a petición de tres de los consejeros, sobre los requisitos que fueron tomados en cuenta para su expedición.