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CUERNAVACA, Mor., 25 de septiembre 2018.- Se encuentra vigente una iniciativa para modificar los artículos 24 fracción primera y 41 fracción tercera de la Ley Orgánica municipal del estado de Morelos, quitándoles a los próximos alcaldes la posibilidad de nombrar al secretario del Ayuntamiento, como actualmente sucede.
Nombramientos como el del Secretario y titulares de la Tesorería, Contraloría y Seguridad pública municipal son actualmente facultad exclusiva de los alcaldes mientras que otros nombramientos como la dirección de la instancia de la mujer y las secretarías son atribución del Cabildo.
De acuerdo a una tarjeta informativa hecha llegar a Quadratín, la reforma pretendida generaría una “inestabilidad político-administrativa al interior de los Ayuntamientos”, al quitarle al Presidente municipal la facultad de nombrar a una figura tan trascendente como lo es el Secretario.
El Secretario/a de un Ayuntamiento cuenta con derecho a voz informativa durante las sesiones de Cabildo, máximo órgano del Gobierno municipal y entre otras cosas tiene facultades de certificación de los actos de Cabildo.
Desde el punto de vista administrativo, quién ocupa dicho puesto es quién coordina la ejecución de todos los programas y políticas públicas que emanan del Ayuntamiento.
Será responsabilidad del Congreso local avalar o no dicha reforma que terminaría por restar facultades a quienes por la vía del voto directo estarán al frente de las próximas administraciones municipales.