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CUERNAVACA, Mor., 26 de septiembre 2018.- Durante la sesión ordinaria realizada este miércoles, el Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), a través de la diputada Alejandra Flores Espinoza, presentó una iniciativa de reformas para facultar al Presidente de la Mesa Directiva a denunciar a los funcionarios que, al comparecer ante el Pleno, se conduzcan con falsedad.
La propuesta alude a la glosa del Sexto Informe de Gobierno y asevera que “en los últimos días hemos sido testigos de la comparecencia de diversos Secretarios de Despacho del Poder Ejecutivo saliente”, quienes sin recato usaron “la Máxima Tribuna de este estado para decir una serie de mentiras y medias verdades con el propósito de proteger a su jefe Graco Ramírez y a ellos mismos”.
Considera que “esta falta de respeto al Poder Legislativo debe parar, no hay que olvidar que juntos todos los Diputados, como Pleno, constituimos una autoridad, que la facultad de hacer comparecer a los Secretarios de Despacho del Poder Ejecutivo, deviene de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así que hoy venimos a proponer que estos funcionarios se dejen de burlar de esta Soberanía y tenga consecuencias el no conducirse con verdad ante todos nosotros”.
Es en ese contexto que MORENA propone reformar la fracción XIX del artículo 36 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos, con el propósito de poder denunciar penalmente a los funcionarios que comparezcan ante el pleno del Congreso y que se conduzcan con falsedad.
En el texto propuesto, la fracción citada del artículo en cuestión diría: XIX. Conceder el uso de la palabra en la tribuna a los servidores públicos que comparezcan ante el pleno, apercibiéndolos a que se conduzcan con verdad, en términos de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 221 del Código Penal para el Estado de Morelos;
El documento, que fue remitido a comisiones para su análisis y dictamen, destaca que el Capítulo III “Falsedad ante Autoridad” del Código Penal para el Estado de Morelos, establece en el artículo 221 que se impondrán de dos a ocho años de prisión y de doscientos a trescientos sesenta días multa, al que, teniendo legalmente la obligación de conducirse con verdad en un acto ante la autoridad, apercibido por ésta, se condujere con falsedad u ocultare la verdad.