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Cuernavaca, Mor., 15 de octubre del 2018.- Por mayoría de magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), votaron a favor que un convenio que suscribe el ayuntamiento de Cuernavaca con el Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del estado de Morelos, sea conocido por la vía administrativa ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y no que se atienda en un juzgado civil.
En una sesión extraordinaria en el salón de pleno del Poder Judicial del estado de Morelos, celebrada este martes 15 de octubre, impartidores de justicia votaron por mayoría que la demanda en la vía ordinaria civil que promovió el Instituto de Crédito en contra del Ayuntamiento de Cuernavaca, sea atendida por la vía administrativa por parte de los magistrados del TJA, en donde la vía de sanción que el ex alcalde de la capital morelense, Cuauhtémoc Blanco puede ser desde amonestación hasta inhabilitación, así como deberá reponer el dinero que las partes quejosas demandan.
La demanda fue promovida el pasado 26 de abril del 2017, donde el ICTSGEM, solicita al entonces presidente municipal, Cuauhtémoc Blanco Bravo la rescisión de los convenios de incorporación, es decir, dicho convenio con fecha 20 de febrero del 2003, en donde la demanda fue promovida por 292 trabajadores adscritos a la entonces Secretaría de Seguridad Pública de Tránsito Metropolitana, hoy Secretaria de Protección y Auxilio Ciudadano.
“La finalidad es que sea resarcidas las prestaciones económicas y sociales de seguridad social mediante el pago de aportaciones del trabajador, (hoy cuotas) y aportaciones del patrón, y obligarse a descontar de los salarios de sus trabajadores los pagos por concepto de créditos otorgados a los mismos; a los mismos documentos que se exhiben en copia certificada (…) En el convenio de aportación SA/08/104/ ICTSGEM con fecha 18 de febrero del 2008”, así lo manifiesta un documento emitido al Tribunal Superior de Justicia SSGA-III-25587/2018.
Durante la sesión de plenos, los magistrados opositores de la magistrada presidente del Poder Judicial, entre ellos, Carlos Iván Arenas Ángeles, se opuso para que el asunto sea atendido en el ámbito administrativo; a fin de que el hoy Gobernador, Cuauhtémoc Blanco sólo pueda devolver el recurso de los 292 trabajadores.
Sin embargo, la impartidora de justicia, Bertha Rendón Montealegre (esposa del presidente de MORENA, Gerardo Albarran), solicitó ante el pleno, que el expediente sea turnado al Tribunal de Justicia Administrativa, para que el ex alcalde de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo; pueda ser sancionado a reponer el recurso económico de los agraviados y sea amonestado o en su caso inhabilitado como servidor público, debido a que en su momento, el expediente antes mencionado fuera turnado ante los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“En razón a los señalamientos utilizados en la SCJN admite la actitud jurídica para que sea el TJA para que sea quien resuelva ante uno o dos organismos, admite todas las posibilidades independientemente de quienes sean, a la luz de eso, no es en relación a la normativa que prevalece a la argumentación sustancial y me parecer que si es un tema administrativo para conocer el tema”.
Cabe destacar que el conflicto de competencia que se suscitó entre la Sala Auxiliar del propio TSJ y el TJA, ya que este último, no aceptó en su momento conocer un juicio en el que el Instituto de Crédito de los Trabajadores del Gobierno del Estado de Morelos demandó al Ayuntamiento de Cuernavaca en el periodo de Cuauhtémoc Blanco, la terminación de aquel contrato, en el que el Ayuntamiento del ahora Gobernador; se comprometía a retener las cuotas de los trabajadores de dicho Ayuntamiento, y es que el argumento del Instituto de Crédito fue la falta de pago de dichas retenciones que incluso podrían derivar en otras responsabilidades como servidor público.
Por ello, el magistrado Carlos Iván Arenas Ángeles solicitaba ante el pleno que el asunto era civil y no administrativo, ya que el convenio no había sido celebrado entre una autoridad y un particular, así como se acreditó que el Instituto de Crédito, lo suscribió en ejercicio de su función pública, ni para satisfacer el interés público o con una finalidad de utilidad pública.
Por otra parte , especialistas jurídicos señalaron a Quadratin que no hay riesgo de inhabilitación para el éx alcalde en virtud de que ya hay una jurisprudencia en el sentido de que autoridades electas por voto popular no pueden ser juzgadas en el TJA.