
Posiciona Gobierno al campo de Morelos en escenario internacional
CUERNAVACA, Mor., 5 de septiembre 2018.- Impugnaciones relacionadas con la distribución de regidurías en la entidad obligaron al Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) a analizar la manera en que el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) aplicó las fórmulas matemáticas para la asignación de regidores.
En la sentencia derivada del TEEM-JDC-354/2018 y sus acumulados, el Tribunal local determinó revocar el acuerdo IMPEPAC/CEE/283/2018 a través del cual el Consejo Estatal Electoral designó las regidurías correspondientes a los 33 Cabildos en la entidad.
En el acuerdo ahora invalidado, el IMPEPAC consideró que por ejemplo, en un Cabildo integrado por 5 representantes (Presidencia, Sindicatura y 3 Regidurías), cada integrante significaba un 20 por ciento de la composición, impidiendo que el partido ganador tuviera un regidor pues la Presidencia y la Sindicatura representarían ya un 40 por ciento y con un regidor contarían con un 60 por ciento, lo cual derivaba en una “sobre representación”.
En su argumentación, el órgano jurisdiccional consideró que fue erróneo considerar como parte de la representación proporcional de un partido al interior de un Cabildo las figuras de la Sindicatura y Presidencia pues estas se ganan por la vía del voto directo y los espacios proporcionales únicamente corresponden a los regidores.
La sentencia obliga al Consejo Estatal Electoral del IMPEPAC a volver a designar regidurías a los partidos políticos con base en el nuevo criterio dictado.