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Cuauhtémoc marca la ruta
Todo el sector trabajador debe gozar en plenitud desus derechos laborales, y la razón es porque derivado de la firma del tratado T-MEC entre Estados Unidos, Canadá y México, se tiene que cumplir con los compromisos asumidos en materia laboral, por ello resulta oportuno preguntar ¿Sabes en que consiste esta Reforma Laboral?
En el Decreto firmado el primero de mayo de 2019, se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; las cuales consisten en una transformación amplia y basada en tres pilares: Un nuevo sistema de justicia laboral, reconocer y garantizar la libertad y democracia Sindical y la creación de un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
El Nuevo Sistema de Justicia Laboral, será el pilar fundamental en la defensa de los derechos del trabajo, consiste básicamente en la creación de instituciones, que permitirán solucionar los conflictos laborales de manera pronta y expedita. Uno de los ejes de este modelo laboral es el de trasladar las funciones de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a Tribunales Laborales Federales y Locales adscritos a los poderes judiciales respectivamente en cada entidad federativa y en su competencia local y federal para garantizar los principios de imparcialidad, independencia y autonomía.
El citado pilar consiste en una etapa de conciliación que debe ser gratuita, imparcial y confidencial, con una duración máxima de 45 días; en otras palabras, que antes de demandar, será obligatorio intentar alcanzar un acuerdo de manera rápida y ágil. Para ello, se crean Centros de Conciliación Laboral integrados por profesionales capacitados en medios alternos de solución de conflictos.
En consecuencia de no lograr la conciliación, las partes podrán acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un juez, existiendo una excepción, que no será necesario agotar esta instancia en casos de discriminación, acoso y violencia laboral, y en general, violaciones a los derechos humanos; así como para la designación de beneficiarios, entre otros.
Debe quedar claro que las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, hasta que concluyan su rezago. En caso de no lograr un acuerdo las partes en conflicto, se emitirá una constancia de no conciliación para poder iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales competentes.
Para ello, el Consejo de Coordinación para la implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, determinó iniciarlo en tres etapas, en el cual el Estado de Morelos se integra en la segunda etapa local y federal para la implementación de la reforma laboral, misma que iniciaría en octubre de 2021, pero modificándose ahora para su apertura a partir del 3 de noviembre del año en curso. La demora en su operación es por la razón que algunas entidades aún no están en condiciones de iniciar, por carecer de recursos materiales y humanos capacitados. En el caso nuestra entidad, cabe resaltar, que se encuentra en condiciones de dar inicio a esta etapa en los tiempos estipulados, esperando con ello, que la clase trabajadora y la sociedad morelense resulten beneficiadas.