
Detenido en Morelos, con historial criminal en EU
CUERNAVACA, Mor., 18 de julio 2019.- Los diputados del Congreso de Morelos elevaron a robo calificado el que se cometa en contra de los usuarios y cuentahabientes de las instituciones bancarias, así como la conducta de los empleados de las mismas que avisen a delincuentes del retiro de dinero.
La reformas fueron al artículo 176 del Código Penal del Estado de Morelos para establecer sanciones más severas en contra de quienes roben a un usuario o cuentahabiente de un banco, así como en contra de los trabajadores bancarios que participen de dicho delito.
De acuerdo con los diputados, se establece sanciones para que quienes cometan dicho delito, reciban penas superiores a la mitad del delito de robo simple.
El artículo 174 del Código Penal refiere que quien cometa el delito de robo tendrá de seis meses a un año de prisión, de quince a noventa días de trabajo en favor de la comunidad, así como de diez a cincuenta días-multa, cuando el valor de la cosa no exceda de veinte veces el salario mínimo, o no sea posible determinar su valor; de dos a cuatro años de prisión y de cincuenta a ciento veinte días de multa cuando el valor de la cosa exceda de veinte pero no de doscientas cincuenta veces el salario mínimo.
De cuatro a diez años de prisión y de ciento veinte a cuatrocientos días multa cuando el valor de la cosa exceda de doscientas cincuenta pero no de seiscientas cincuenta veces el salario mínimo; y de diez a catorce años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días- multa cuando el valor de la cosa exceda de seiscientas cincuenta veces el salario mínimo.