Continúan preparativos para CIMMA 2022
Especial CUERNAVACA, Mor., 26 de marzo 2019.- Ambientalistas celebraron el fallo de una juez a favor de las medidas cautelares para que los 10 municipios integrados a la cuenta del Río Apatlaco clausuren las descargas que desembocan al río.
En rueda de prensa que se dio en Plaza de Armas, Manuel Rodríguez Cota, integrante del colectivo de Rescate de la Cuenca del Rio Apatlaco, acompañado de Flora Guerrero Goff de Guardianes de los Árboles, recordó que el dos de mayo del 2016, presentaron una denuncia colectiva ante juzgados federales contra las autoridades responsables de la contaminación de la cuenca.
Lo que se buscó, dijo que se declare el daño ambiental que tiene la cuenca, los ecosistemas que lo rodean, se repare el daño, entre otras cosas, dicha acción fue desechada por el juzgado, sin embargo tras recursos como el amparo, se ordenó por el Tribunal Colegiado que se admitiera y diera tramite, en consecuencia el juzgado segundo el 11 de agosto del 2018, se ordenó la notificación del inicio de la acción colectiva por medio de edictos.
Que al no contestar debidamente los municipios de Cuernavaca, Huitzilac, Jiutepec, Emiliano Zapata, Temixco, Xochitepec, Zacatepec, Tlaltizapán, Jojutla y Puente de Ixtla, el pasado 14 de marzo de 2019, la jueza cuarta de distrito con sede en Cuernavaca, Griselda Sáenz Horta, falló a favor de la aplicación de medidas cautelares dentro de la acción colectiva 17/2026, promovida por la agrupación ciudadana, que se ordenan dentro de su territorio a cada uno de los 10 organismos o en su caso, al Ayuntamiento demandado Identificar con precisión los puntos donde se encuentran, así como donde se originan las descargas residuales y aguas grises no tratadas que desembocan en el Río Apatlaco o sus afluentes como clausurar dichas descargas y proporcionar el servicio de drenaje, además se da un plazo de 15 días, a partir de la notificación, para identificar las descargas que desemboquen en el río Apatlaco, elaborando planos que deberán ser remitidos al órgano jurisdiccional.
Además se otorga un plazo de 30 días más para clausurar las descargas y proporcionar el drenaje o alcantarillado a través de los medios que juzguen convenientes, en los domicilios donde hayan sido detectadas.
Y en caso de no cumplir con estos plazos, según el fallo, los presidentes municipales y los titulares de los sistemas operadores de agua deberán cubrir una multa de 30 mil unidades de medida y actualización por cada día que transcurra y no hayan cumplido con las acciones en el plazo concedido.