
Fuerza Naranja se consolida en Morelos rumbo al 2027: Jessica Ortega
CUERNAVACA, Mor., 05 de febrero de 2019. – La Diputada Ariadna Barrera Vázquez señalo que la reforma al artículo 22 Constitucional aprobada en la Cámara de Diputados, señala que la extinción de dominio se ejercerá sobre bienes de carácter patrimonial de los que no se compruebe su legítima procedencia en la investigación de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita (lavado), contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas, encubrimiento y en materia de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos.
La acción de extinción de dominio será ejercitada por el Ministerio Público mediante un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónoma del juicio penal. Se pretende que sea eficaz, viable y realizable. Es considerada de carácter real y de contenido patrimonial, y procederá sobre cualquier bien, independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido.
“La extinción de dominio se ejercerá mediante un procedimiento jurisdiccional y autónomo sobre los bienes que sean instrumento, objeto o producto de actos de corrupción o actividades ilícitas en perjuicio grave del orden público”, explicó la legisladora Barrera Vázquez.
También se precisó que la modificación del artículo 22 de la Constitución contempla las garantías a los derechos humanos, contenidos en el documento: “se agrega un párrafo tercero muy importante que da claridad, para que de la acción ministerial en la atribución de extinción de dominio no se ejerzan abusos”, puntualizo la Legisladora por Jiutepec Ariadna Barrera Vázquez.