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CUERNAVACA, Mor., 25 de enero 2019.- Los jueces de ejecución o de control tienen la obligación de garantizar a las Personas Privadas de la Libertad, sus derechos fundamentales, entre ellos alimentación, educación, salud, visitas y un debido proceso, entre otras, así lo informó la juez de control, juicio oral y ejecución de sanciones, Gloria Jaimes Salgado.
Jaimes Salgado, aseguró que el artículo 18 Constitucional establece que las Personas Privadas de la Libertad que están en cumplimiento de una sentencia o bajo una medida cautelar de prisión preventiva, se les deben respetar sus derechos fundamentales y estos deben ser garantizados por los jueces.
“Las personas sentenciadas están pagando su sanción una vez que son privadas de su libertad, sin embargo, el resto de sus derechos quedan protegidos, así como los de las víctimas porque los sentenciados deben reparar el daño”, subrayó la juez.
Desde el 2016 la Ley Nacional de Ejecución Penal entró en vigor en el estado de Morelos y a partir de esa fecha las personas privadas de la libertad, ya no están a disposición del Poder Ejecutivo, de los centros estatales o cárceles distritales, sino que ahora los jueces de ejecución en caso de sentencias o de control, cuando se trata de una medida cautelar, se encargan de verificar que se garanticen los derechos fundamentales de estas personas.