
Asesinan a El Chapis en Yautepec
CUERNAVACA, Mor., 3 de septiembre 2018.- Una demanda tiene que ser interpuesta de acuerdo a la materia, ya sea mercantil, civil, familiar o penal, informó María Teresa Bonilla Tapia, juez Sexto Civil del Primer Distrito Judicial.
La demanda civil, dijo, es un escrito inicial que pone en movimiento al órgano jurisdiccional: “el tratadista José Ovalle Favela establece que la demanda es el acto procesal por medio del cual una persona se constituye por él mismo en la parte actora o demandante, los interesados pueden formular su pretensión ante el órgano jurisdiccional e inicia un proceso y el ejercicio de la acción”, indicó Bonilla Tapia.
Una demanda debe tener nombre del tribunal donde se promueve, quién es el juez competente, debe ser clara, sistemática, ordenada y bien redactada, también debe considerar la cuantía, el territorio, prevención, turno, entre otros criterios, comentó la juez Sexto Civil del Primer Distrito Judicial.
“Por ejemplo, cuando se trata de cuantía un juez de primera instancia no puede conocer de un asunto, en el supuesto de que el negocio no supere las mil 200 unidades o salarios mínimos; por territorio, en caso de que el inmueble se encuentre en otro distrito jurisdiccional o entidad federativa”, resaltó.
Otro de los requisitos que debe establecer la demanda es la clase de juicio que será, ya sea especial, de arrendamiento, hipotecario, etc. Es decir, se debe señalar la vía a seguir, se debe poner el nombre del actor promovente, domicilio para recibir notificaciones y su firma, el nombre del demandado y su domicilio, indicó la juez Civil.
“El Juez tiene que analizar la demanda de manera escrupulosa para saber si admite el documento, lo previene o lo desecha y por ello es importante cumplir con cada detalle”, dijo María Teresa Bonilla Tapia, juez Sexto Civil del Primer Distrito Judicial.