
Posponen desafuero de Cuauhtémoc Blanco
CIUDAD DE MÉXICO, 15 de marzo de 2018.- La Sala Regional Ciudad de México confirmó el dictamen sobre la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a una diputación federal emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
De acuerdo a un comunicado, lo anterior, al resolver los juicios promovidos por Sergio Edmundo Sanchezllanes Santacruz, Ileana Isla Moya, Luís Javier Robles Gutiérrez, José Luís García Fripolli, Crispín Barrera Ponce, Gerardo Rodolfo Tinajero Villaruel, Olivia Rebeca Cebrecos Ruíz, Juan Carlos Cabrera Morales y Justo López Montesino en su calidad de aspirantes a candidaturas independientes a diputaciones federales, la Sala Regional consideró que el Instituto Nacional Electoral -a través de sus órganos- cuenta con atribuciones para comprobar la veracidad de los datos de los registros de apoyos ciudadanos recabados, porque encontrar los registros en la Lista Nominal no es el único requisito, ya que las firmas no se cuentan -para efectos del porcentaje de apoyo ciudadano requerido- si existen nombres con datos falsos o erróneos, o no se acompañan copias de la credencial para votar vigente, entre otros supuestos; ello porque el apoyo de la ciudadanía debe ser comprobado sobre la base de registros reales, ciertos y no simulados.
Además, contrario a lo sostenido por las y los inconformes, la autoridad responsable facilitó en todo momento el ejercicio de su derecho de audiencia al notificarles la existencia de inconsistencias respecto de los apoyos ciudadanos recabados y otorgarles un plazo para que manifestaran lo que a su derecho conviniera, para lo cual era necesario que acudieran ante la autoridad administrativa electoral, ya que solamente así podrían conocer de manera pormenorizada tales inconsistencias, lo que no ocurrió.
Se confirma el acuerdo del Instituto Electoral de Guerrero que negó la ampliación de plazo para recabar apoyos ciudadanos a un aspirante a candidatura independiente
Al resolver el juicio promovido por Felipe Aldape Zapata, en su calidad de aspirante a la candidatura independiente a una diputación local en Guerrero, en contra de la sentencia del Tribunal Electoral que validó el acuerdo del Instituto Electoral de Guerreroque le negó la ampliación del plazo para recabar apoyos ciudadanos, la Sala Regional Ciudad de México confirmó dicha resolución al considerar que, el inconforme se limitó a exponer situaciones generales sin acompañar medios de prueba para que justificaran las dificultades para el uso de la aplicación móvil, ni señaló la forma en que le afectó la inseguridad y desconfianza ciudadana para recabar los apoyos.
Resuelve la Sala Regional Ciudad de México juicio relacionado con actos anticipados de campaña en Morelos.
La Sala Regional Ciudad de México revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral de Morelos que determinó la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos al precandidato a Presidente Municipal de Jiutepec, al partido MORENA y al PRI.
Lo anterior, al resolver el juicio promovido por el Partido Verde Ecologista de México y al considerar que, si bien el Tribunal Local fundó y motivo su determinación y realizó un análisis y valoración exhaustivo de las pruebas aportadas relacionadas con la propaganda del PRI, concluyendo que carecían de valor probatorio al no acreditar los hechos que pretendía probar el actor, dejó de analizar la propaganda relacionada con MORENA, por lo que debió analizarla y determinar si con ella se acreditaba la infracción denunciada, así como la responsabilidad de los posibles infractores.
En consecuencia, se ordenó al Tribunal Local emitir una nueva resolución en la que se pronuncie respecto de la propaganda relacionada con Morena.