
Respalda MC a gobierno municipal de Axochiapan
CUERNAVACA, Mor., 1 de diciembre de 2017.- Con el propósito de determinar un tiempo mínimo de cinco horas de lunes a viernes, que los Diputados y Diputadas deben otorgar a las obligaciones que les competen como representantes de la sociedad, el diputado Ricardo Calvo Huerta, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, propuso adiciones y reformas a la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, el legislador presentó la iniciativa que destaca que el honor del ejercicio constitucional legislativo es permanente e incompatible con otras actividades de carácter lucrativo a fin de no caer en conflicto de intereses.
Sin embargo indica su iniciativa en el concurso de derechos humanos, inalienables como los del ejercicio político y sus legítimas aspiraciones, para ejercer el derecho de votar y ser votado, generan la necesidad de mantener claridad en las normas instrumentales, como las que determinan el horario laboral, materia eminentemente de derecho parlamentario administrativo.
El documento destaca la necesidad de precisar los horarios en que deben desenvolverse las actividades legislativas, tanto en reuniones de trabajo, comisiones, comités, así como en las sesiones de Pleno y el despacho dentro de las oficinas, donde cada uno de los legisladores integrantes de este Poder Público Local, deben atender de manera personal y en su caso de forma delegada cuando así lo dispone la norma.
En ese orden de ideas, la adición que plantea es la inclusión de un último párrafo del artículo 4 y de la fracción XIII al artículo 19, así como recorrer y renumerar la fracción XIII y XIV, para convertirse en XIV y XV respectivamente del citado artículo 19 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos, que pone orden a un mínimo de cinco horas hábiles diariamente, de lunes a viernes, donde se desempeñaran las labores de oficinas, comisiones, comités, sin perjuicio de que por necesidades del servicio pueda habilitarse el horario necesario para las sesiones de Pleno de la asamblea legislativa en los periodos constitucionales ordinarios.
El último párrafo que se pretende adicionar al artículo 4 diría: Horario laboral: Son los días hábiles de lunes a viernes en los que se realizan las actividades del Congreso del Estado de Morelos, así como las horas hábiles que transcurren a partir de las 8 de la mañana y en un mínimo de 5 horas, para llevar a cabo reuniones, sesiones de Comisiones, Comités y de Pleno, sin perjuicio de las horas y días que pueda acordar como hábiles o inhábiles la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos conforme a las necesidades del Servicio.
En tanto, la fracción que se propone adicionar al artículo 19 sería: XIII.- Establecer el horario laboral de su oficina legislativa, para reuniones, sesiones de comisiones y/o comités que en cumplimiento a su trabajo legislativo lleve a cabo, o de las convocatorias a Pleno, de lunes a viernes, por lo menos con cinco horas de servicio, a partir de las ocho de la mañana; con excepción de los días inhábiles en los términos del artículo 32 de la ley del Servicio Civil, y en los casos que así lo determine la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.