![](https://morelos.quadratin.com.mx/www/wp-content/uploads/2025/02/d4ab3274-f933-46ee-b85d-987614fe4af0-107x70.jpeg)
Pagará Ayuntamiento de Jiutepec deuda por 11 mdp al SAT
CUERNAVACA, Mor., 29 de junio de 2014.- El XII Obispo de la Diócesis de Cuernavaca, Ramón Castro Castro, vio con buenos ojos las modificaciones aprobadas por la Cámara de Diputados y el Senado de la República a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que convierte en una mera sanción administrativa la posibilidad de que los ministros de culto religioso “orienten” el voto de sus fieles.
“Yo creo que es justo y que es una ley que está siendo realista y equilibrada”, apuntó el máximo dirigente de la Iglesia católica en Morelos, durante una entrevista con Quadratín.
Cuestionado sobre la controversia que propiciaron los cambios al articulo 16 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, Castro Castro se mostró conforme con la disposición. “No deben de tener miedo, yo creo que orientar un voto no es escoger un partido y eso nos puede ayudar a todos”.
Ramón Castro dijo que guiar a los feligreses sobre el sentido de su voto “es parte de nuestra misión y yo creo que no estamos saliendo fuera de lo que nos corresponde, de nuestra misión como pastores”.
Empero, el prelado criticó que las sanciones únicamente se han aplicado a los miembros de la jerarquía eclesiástica de la Iglesia católica y no a los ministros de culto de otras denominaciones.
“Hay que ser sinceros y es, en general, a la Iglesia católica a la única que se somete a este veto, porque hay tantos ministros, hermanos nuestros separados, de otras confesiones filosóficas que se meten en la política y nadie les dice nada”, aseveró.
Cabe recordar que durante esta semana la Cámara de Diputados y el Senado de la República aprobaron, en el marco de las reformas político-electorales, una modificación a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, eliminando la palabra “orienten” al artículo 16 en la materia, lo que convierte en una mera sanción administrativa la posibilidad de que los ministros de culto religioso “presionen u orienten el sentido del voto” de sus congregados.
La modificación generó controversia a nivel nacional.