CUERNAVACA, Mor. 4 de junio de 2014.- México endureció las penas a los secuestradores al duplicarles las sentencias de cárcel hasta 80 años, y hasta 140 años con agravantes, de acuerdo con un decreto publicado el martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), informó EFE.
La Secretaría de Gobernación (Interior) señala en el documento que las nuevas disposiciones corresponden a modificaciones hechas por el Congreso a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, a la Constitución y al Código Penal Federal.
Las enmiendas establecen sanciones de 40 a 80 años de prisión a quien prive a otra persona de su libertad, incluso a quien cometa el llamado secuestro exprés (de corta duración). Previamente en Código Penal Federal establecía penas de 20 a 40 años.
Incluyen agravantes para quienes secuestren a menores de 18 o mayores de 60 años, así como a mujeres embarazadas, y en casos en que el secuestro se lleve a cabo por dos o más individuos o con violencia. Para ellos, podrán aplicarse de 50 a 90 años de cárcel.
También habrá multas económicas
En caso de que el secuestrador forme parte de algún cuerpo de seguridad pública se impondrán de 50 a 100 años de reclusión, y de 80 a 140 años si la víctima pierde la vida.
No obstante, en caso de que la víctima sea liberada dentro de los tres días siguientes al secuestro y no existan circunstancias agravantes, las penas serán de entre cuatro y 12 años de prisión.
También se establecen multas económicas que van desde $68,000 pesos (US$5,250) hasta $1.6 millones de pesos (US$126,000).
Según el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el pasado año fueron denunciados 1,695 secuestros en México, cifra 20 % superior a la de 2012, pero organizaciones no gubernamentales calculan que sólo se denuncia uno de cada 10 secuestros.