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Exalcalde de Cuernavaca sale de prisión… para irse a arraigo domiciliario
CUERNAVACA, Mor., 4 de diciembre de 2013.- Después de considerar que efectivamente los ayuntamientos tienen la facultad de regular y otorgar concesiones, en el caso particular de la Ciudad de Cuautla, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo para prohibir que los empleados de la empresa Parking Spot coloquen candados, aplique multas y solicite grúas para sancionar a quienes no paguen en los parquímetros instalados en el centro de la ciudad.
Tras analizar la controversia constitucional promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos a petición de los automovilistas que fueron sancionados por los empresarios, los ministros determinaron que si existe violación a las garantías constitucionales el hecho de que un particular cobre multas o aplique sanciones que le corresponden a los funcionarios electos como un acto de autoridad.
Como parte de la concesión otorgada por el Ayuntamiento por 15 años a la empresa Parking Spot para regular el estacionamiento en la vía pública del primer cuadro de la ciudad, la empresa colocaba candados en los neumáticos de los autos de quienes no pagaban la tarifa por estacionarse en el área regulada, además de aplicarles una multa y hasta solicitar la intervención de una grúa para retirar el vehículo inmovilizado.
Los ministros ratificaron que el Ayuntamiento de Cuautla como máxima autoridad electa en el municipio tiene la facultad intransferible de sancionar a los automovilistas con multas o la inmovilización y traslado de su unidad a un corralón en caso de que el reglamento así lo establezca.